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Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoada por la ciudadana ZULAY DEL VALLE ALMEIDA FARFAN, titular de la cédula de identidad Nº V-12.337.930, contra la ciudadana LESANDRA JOSEFINA GONZALEZ MAYORGA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.153.421, sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno municipal, ubicada en la Avenida Las Industrias, específicamente al lado del Bar Restaurante El Fogón de Marino de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guarico, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Barrio Los Olivos; SUR: Con Avenida Las Industrias que es su frente, ESTE: Con casa que es o fue de la familia Rengifo y OESTE: Con El Restaurante El Fogón de Marino, y a.....