En fuerza de los razonamientos de los hechos de hecho y de derecho expuestos por este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda por DESALOJO intentada en la presente causa por el ciudadano MILTON ALEXANDER SOLORZANO CORREA contra la ciudadana ZULEMA ROSALIA FIGUEROA MARTINEZ, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.