Recibidas las presentes actuaciones procedentes del Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, este Tribunal procede de acuerdo a lo establecido en el artículo 479, 513 y 514 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes:
En decisión de fecha 30 de octubre del año 2.007, el Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal con sede en la ciudad de san Juan de los Morros, primero ACUERDA ciudadano JUAN EEUARDO HERRERA TRICADO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.417.338, MEDIDA DE SEGURIDAD, consistente en una MEDIDA DE SEGURIDA, consistente en vigilancia en el seno familiar, especialmente bajo la vigilancia de hermano Jardier Herrera Trincado, titular de la Cédula de Identidad N° 8.417.337, residenciado en el Estado Carabobo, calle el carmen entre Falcón y Cedeño, casa N°-12, con fundamento en los artículos 129, 514 y 515 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo la INCAPACIDAD POR TRASTORNO M.....