PRIMERO: ORDENÓ la LIBERTAD PLENA desde la sala, al ciudadano ARMANDO JESÚS SEIDEL PÉREZ, plenamente identificado en las consideraciones previas de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numerales 2 y 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se decretó el PROCEDIMIENTO POR CONSUMO, de acuerdo a lo previsto en el artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas. TERCERO: Se le impuso la asistencia voluntaria al ciudadano declarado consumidor, al Centro de Orientación Familiar de la Oficina Nacional Anti-droga, ubicada en la Avenida Los Llanos, urbanización Los Laureles, segunda transversal, Quinta O.N.A, en la ciudad de San Juan de los Morros estado Guárico, a los fines de que se evalué su grado de Dependencia y se considere si amerita internamiento para superar la dependencia a las Drogas a las cuales resulto ser consumidor según el resultado que arrojo el examen toxicológico realizado al mismo. CUARTO: Se impuso la oblig.....