Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que, por COBRO DE BOLIVARES, inicio el ciudadano MIGUEL ANGEL MARTINEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 963.318, y de este domicilio, en su carácter de endosatario "por mandato" de la ciudadana CORAL DAVERSON BRITO, mayor de edad, portadora de la Cedula de Identidad N° 3.751.401 en contra la ciudadana CHADY GHANMAN SAAB, ambas partes suficientemente identificadas en el texto de este fallo.
Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por la especial naturaleza del presente fallo.
En consecuencia, se ordena la suspensión de .....