DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Undècimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato interpuesta por las ciudadanas JUANA MONTERO VIUDA DE MORALES Y MAGALY MORALES MONTERO, mediante apoderados judiciales, contra el ciudadano VLADIMIR PEREZ, identificado en autos. En consecuencia, SE DECLARA RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, que entró en vigencia desde el 01.04.05 hasta el 31.03.06, sobre el inmueble constituido por un apartamento signado con el N° 2, ubicado en la Urbanización Guaicoco, Calle el Carmen, Edificio Hijuma N° 14-14, Parroquia la Dolorita Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda. Y asimismo, SE CONDENA al demandado a pagarle a la actora la suma de un diez por ciento (10%) correspondiente a la suma.....