Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA el ABANDONO DE LA ACUSACION PRIVADA interpuesta por el ciudadano DICKSON ADOLFO MONTERO CAMACHO en contra del ciudadano SABINO ANTONIO JIMENEZ, de conformidad con el artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal. SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por haberse EXTINGUIDO la acción penal, dado el abandono de la acusación privada, todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 3º del artículo 48 en relación con lo previsto en el ordinal 3º del artículo 318, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se exonera al c.....