Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 03, del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano WILFREDO BOLIVAR SOJO, venezolano, de 40 años de edad, soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de José Bolívar (v) y Reina de Bolívar (v), con domicilio en Cantagallo, calle principal, casa Nº 19, sector el Ahorcado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.673.103, teléfono: 0246- 4162659 (madre); de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal penal por extinción de la acción penal, en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7° eiusdem, declarando el cese de las medidas cautelares acordadas a dicha ciudadana.-
Regístrese y publíquese lo decidido. Ofíciese lo conducente a los organismos competentes-
La.....