este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: DAISY JOSEFINA YAÑEZ, en representación de su niño: xxxxxxxx, con motivo de del Juicio de Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 y 365 de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, se suma equivalente al Treinta por ciento (30%) del Salario Básico Nacional Urbano el cual esta establecido CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 4.451,69), es decir la cantidad de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 1.275,50) Mensual, que deberá el dem.....