Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor del ciudadano JUAN VICENTE ROJAS TOVAR , mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.633.066 , sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal, constante de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS (308.99 mts2), ubicado el Barrio Campo Alegre Calle 13 entre Carreras 9 y 10 Casa S/N de esta ciudad de Calabozo estado Guarico y alinderado de la siguiente manera según cedula catastral NORTE: Luz Ramos en 25.70 mts; SUR: Maria Bastidas en 13.00+ 2.55+ 9.90 mts, ESTE: Calle 13 en 12.50 + 4.50mts y OESTE: Luz Roman en 9.7.....