El Tribunal homologó EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara extinguida la instancia, por lo cual se ordena el archivo definitivo de este expediente. Asimismo, se ordena la devolución del documento original acompañado marcado "B", previo suministro del fotostato solicitado, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los QUINCE (15) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS (2016). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación. Así se declara.-
EL JUEZ TITULAR,
EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA.
En esta misma fecha, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), se publicó y registró la decisión ante.....