DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Héctor Jesús García Requena, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos Yorgen Yoel Domínguez Perales, Zoraima Jacqueline Díaz Ceballos Júnior José Domínguez Díaz, Elías Domingo Perdomo, Wilmer José Álvarez Domínguez y Nicolás Tovar, contra la decisión dictada por el Juzgado 3ero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico extensión Valle de la pascua, en fecha 05 Octubre 2015 y publicada en su texto integro en fecha 06 de Octubre de 2015. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión referida ut supra.