DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera instancia en Funciones de Juicio N° 02, actuando como Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ABSUELVE al ciudadano DANIEL ANTONIO OSTO ESCALONA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°: V-13.540.310, natural de Calabozo, Estado Guárico, donde nació en fecha 02-10-1978, de 25 años de edad, soltero, profesión Técnico Medio en Zootecnia, residenciado en el Barrio Misión Abajo, calle 05, casa N° 37-65, de esta ciudad, hijo de Nelly Escalona y de Pablo Osto, de la comisión del delito LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVISIMAS PRODUCIDAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 416 en concordancia con el artículo 422 ordinal 2°, ambos del Código Penal, por no existir elementos suficie.....