DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal N° 01 de Juicio de la Extensión Calabozo del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Absuelve al ciudadano ALEJANDRO RAMON ROJAS, plenamente identificado; de la acusación penal interpuesta en su contra por la vindicta pública, quien le imputó la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en relación con el artículo 457 eiusdem; en perjuicio del ciudadano PEDRO JOSE GUERRERO.-
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal, se condena en costas al estado venezolano.
Dada, firmada y sellada en la Sede del Juzgado N° 01 de Juicio de la Extensión Calabozo, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, a los quince días del mes de abri.....