Se publicó y registró decisión en la que se decretó, PRIMERO: Declara Sin Lugar la Solicitud de la defensa en virtud que de acuerdo a los razonamientos expuestos quedó precisado que este tribunal no violó el derecho a la defensa, sino que por el contrario con la notificación realizada a la defensa los garantiza en su totalidad. SEGUNDO: Declara Sin Lugar, la solicitud de declaratoria de nulidad del auto mediante el cual este tribunal fijó el acto de realización de la prueba, en virtud de que llena los requisitos legales de un auto de mero trámite. TERCERO: Tomando en consideración que la prueba no se realizó por la negativa de la defensa de asistir a dicho acto, una vez dejado sentado todos los razonamientos expuestos se acuerda fijar nueva oportunidad para que tenga lugar la realización de la Prueba solicitada por el Ministerio Público.