En virtud de lo antes expuesto este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA que la ciudadana, MARIA RENEIRA GONZALEZ PANTOJA, identificadas en autos, pague a la demandante ciudadano, AGUSTIN DEL CARMEN MANRIQUE PEREZ, plenamente identificado en autos, la cantidad de CINCUENTA MIL SETESCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. F. 50.739,40), por todos y cada uno de los conceptos reclamados y descritos en el libelo de la demanda.
Dada la naturaleza del presente fallo, se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, de conformidad a Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Déjense correr los lapsos correspondientes, a los fines de la interposición de los recursos a que hubiere lugar.