Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en la audiencia de presentación de detenido, de fecha 12 de mayo de 2018, y fundamentada en fecha 13 de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que, entre otros pronunciamientos, acordó medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad a los adolescentes R. O. N. P., E. J. B. T, y. C. L. A. y E. S. S. S., de conformidad con el artículo 582 literales "c" y "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en cumplir régimen de presentaciones cada ocho (08) días ante .....