DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la LIBERTAD PLENA a los ciudadanos WILLIAN JOSÉ LARA y ELIO JOSÉ LARA. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento Ordinario, para la continuación de la investigación en el presente asunto, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Queda publicada la presente decisión. Déjese copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Notifíquese a las partes y Remítase el presente asunto en su oportunidad legal. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,
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ABG. DAYSY YSAMILLYS CARO CEDEÑO
LA SECRETARIA,
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