Por todo lo anterior expuesto este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA. COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara CARMEN GRACIELA SEIJAS DE RUBIO, a su esposo el ciudadano ANTONIO JOSE RUBIO y a sus hijos los ciudadanos JUAN CARLOS SILVA SEIJAS Y YAMILET DEL CARMEN NAVAS SEIJAS, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Déjese constancia en el Libro Diario y en el de solicitudes. Devuélvase original con sus resultas a los interesados. CUMPLASE.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y .....