En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano acusado URBANO ANTONIO GONZALEZ ORTIZ, venezolano, natural de Zuata-Estado Anzoátegui, nacido en fecha 14/12/74, de 35 años de edad, soltero, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en Carutal, Calle El Canal, casa Nº 07, Calabozo, Estado Guárico, teléfono 0414-210-53-31, titular de la cédula de identidad Nº 12.990.308 y se CONDENA a cumplir la PENA DE SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES PRODUCIDAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, previsto y sancionado en el artículo 415 en concordancia con el artículo 420 ordinal 2º del Código Penal Vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjui.....