Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE:PRIMERO: SE DECRETA la Aprehensión en Flagrancia de los Ciudadanos 1.- FREDDY SAMUEL AULAR, 2.- EDGAR ALEXANDER MENDEZ, - 3.-.FREDDY DANIEL VALDERRAMA CORTEZ, y 4.- HECTOR ARMANDO TORRES BRIZUELA , Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.913.694, por estar la misma dentro de los supuesto previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Acuerda Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos : 1.- FREDDY SAMUEL AULAR, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.343.941, natural de Maracay Estado Aragua, de 22 años de edad, estado civil soltero, oficio albañil, residenciado Barrio campo Alegre Diagonal a Guaitoito es un rancho diagonal a la Bodega que se lla.....