En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA LA ADMISION DE LOS HECHOS ALEGADOS POR EL DEMANDANTE EN SU LIBELO y CON LUGAR LA ACCION INCOADA, y se ordena el pago de la cantidad de seiscientos setenta y seis mil ochocientos catorce bolívares (Bs. 676.814,oo) por cada uno de los conceptos reclamados en el libelo, igualmente se condena en costas al demandado por resultar totalmente vencido en el proceso.