Es por las razones expuestas que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, actuando en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
UNICO: Declara SIN LUGAR la solicitud de decaimiento, de la medida cautelar sustitutiva a la privación Judicial Preventiva de libertad decretada por el Tribunal Segundo de Control de esta extensión Judicial, en fecha 26 de abril de 2006, al acusado JOSE SIMON VASQUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-9.857.560, de 43 años de edad, natural de Chaguaramas, Estado Guarico, nacido el día 02-02-1965, de oficios obrero, soltero, hijo de Josefina Brizuela y Juvenal Matos, domiciliado en el sector Las Palmas, Calle Principal casa s/n de Las Mercedes del Llano, Estado Guarico, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277 del Código P.....