DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Como consecuencia de la declaratoria de confesión ficta dispuesta en la parte motiva de este fallo, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA ORDINARIA) intentada por el ciudadano JUAN BAUSTISTA FRASQUILLO LADERA, contra ASOCIACIÓN CIVIL PARA LA DEFENSA DE LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS (ASODEPA) .
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de de OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.87.537,48), que representa el monto adeudado.
TERCERO: En cuanto a la pretensión de pago por concepto de daños y perjuicios por incumplimiento contractual, cabe destacar que ha quedado verificado la exi.....