En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado 1° de Primera Instancia de Juicio de este circuito Judicial, de fecha 04.10.2006, todo en el juicio incoado por los ciudadanos Héctor Ramón Carreño, José Dávila y José Ángel Robles contra la empresa Santa Margarita Panificadora, C.A., y los ciudadanos César Vasco Ferreira, Manuel Ferreira, y Cristian Ferreira. Segundo: Se confirma la decisión recurrida. Tercero: Conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. Cuarto: Se ordena la remisión del presente asunto, al Juzgado 12° de Primera Instancia de Sustanciación, .....