este tribunal, a los fines de resolver lo conducente realiza las siguientes consideraciones:
I
Se observa de las actas que conforman el expediente de la presente Causa, que en fecha 21 de Octubre de 2003, por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico dictó Sentencia donde condenó al ciudadano , JOSE GREGORIO PAZ CASTILLO , por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 4º del articulo 74 y 64 ordinal 4º ejusdem, a cumplir la pena de SEIS (6) Meses de prisión..
Ahora bien, desde el 4 de Diciembre de 2003, fecha en la cual se declaró definitivamente firme la Sentencia , hasta la fecha actual ( 15 de Diciembre de 2004 ), han transcurrido un lapso de tiempo de UN (1) Año y ONCE (11) Días, lo cual hace es.....