1.- CON LUGAR la demanda interpuesta por el Abogado JUAN ERASMO MOLINA YEPEZ, Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil denominada INTERNET DEL CAPITAL 2.000 S.A. (INCADOSA), inicialmente contra la de cujus PETRONA ROSA RAMOS DURANGO, fallecida, y por sustitución procesal sus herederos JORGE ALBERTO URANGO RAMOS, PATRICIA RAFAELA URANGO RAMOS, ARNORIS EDITH RAMOS DE PARRA y LOS DEMAS HEREDEROS DESCONOCIDOS, todos identificados en el fallo, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, y en consecuencia:
2.- SE CONDENA a la parte demandada a entregar al actor el inmueble de su propiedad constituido por una casa de habitación construida en terrenos municipales de una superficie Trescientos Metros Cuadrados (300Mts 2), ubicado en la carrera 8 entre calles 3 y 4 del Barrio Misión Arriba de esta ciudad de Calabozo, Estado Guarico, dentro de los siguientes linderos NORTE: Terreno Municipal; SUR: Calle de Parcelamiento; ESTE: con .....