DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de permiso efectuado por el penado WHILLMER JULIAN CAMARGO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.643.828, al no estar acorde con lo estipulado en los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario. Ofíciese lo conducente y notifíquese a las partes. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. JESUS ALBERTO CASTILLO
La Secretaria,
Abg. Mariela López Dugarte.