DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jaime José Campos, debidamente asistido por el Abogado Luís Argenis Vielma, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 71.693, en contra de la decisión de fecha 18 de agosto de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Calabozo, mediante la cual negó la solicitud de entrega de una aeronave MATRÍCULA: YV-1212; MODELO CESSNA AIRGRAFT COMPTANY/U206G; NÚMERO DE SERIAL: U20604028; AÑO DE FABRICACIÓN: 1977, al referido ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada. Así se decide. Publíquese, regístr.....