DISPOSITIVA:
El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Califica como Flagrante la Aprehensión del ciudadano MARIO JOSE KABAKLIJA RAMIREZ, CARLOS JOSE MENDEZ PEÑA y GILVE JOSE TORREALBA, a tenor de lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 2) Decreta la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad al ciudadano MARIO JOSE KABAKLIJA RAMIREZ, CARLOS JOSE MENDEZ PEÑA y GILVE JOSE TORREALBA, por encontrarse llenos en su contra los supuestos del artículo 250 y 251 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, Se ordena la reclusión de los imputados en Internado Judicial de Apure Estado Apure. 3) Ordena proseguir el presente asunto bajo las regl.....