DISPOSITIVA
En base a los razonamientos precedentemente explanados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su Sala Primera, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa que le confiere la Ley dicta los siguientes Pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANAIS TIBISAY VAAMONDE LEMUS, Fiscal Auxiliar Centésima Duodécima (112º) del Ministerio Público, conforme al artículo 608 literal "e", en contra de la decisión dictada en fecha 19 de octubre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, donde se acordó sustituir la medida de Privativa de Libertad e imponerle las medidas de Libertad Asistida, Reglas de Conducta y Servicio a la Comunidad.
SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida. ASÍ .....