DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECIDE: Primero: ABSOLVER al ciudadano GONZALO CALDERON CACERES, Venezolano, mayor de edad, de oficio conductor, residenciado en la Calle el Milagro casa S/N, Barrio 5 Julio de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico y titular de la Cédula de Identidad N° V.4.076.858, ; en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4º del Código Penal en perjuicio de Juan Oscar Tovar, al considerar la ausencia de plena prueba que comprometa su responsabilidad penal. Segundo: Se condena en costas al Estado de Venezolano de conformidad con lo establecido en el artículo 268 Primer Aparte del Código Orgánico Procesal Penal.-
LA JUEZ DE JUICIO No. 02
ABG. NANCY GOMEZ DE BUSTAMANTE