Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la Modalidad de Tribunal Mixto y por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Absuelve al ciudadano EDGAR JOHEL PANTOJA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.786.775, con fecha de nacimiento el 20/12/82, de 28 años de edad, natural de Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, hijo de los ciudadanos Simón Pantoja y Carmen Josefina Rodríguez, con residencia en el Fundo La Inversión en Las Mercedes del Llano, de la comisión del delito de DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, cometido en prejuicio del Orden Público. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 277 del Código Penal y 366 .....