DISPOSITIVA
En virtud del mandato de la parte In- Fine del artículo 299 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que la Ley este Juzgado Superior Agrario del Estado Guárico declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JORGE RODRIGUEZ BAYONE, Inpreabogado Nº 27.316, en representación del Banco Mercantil. (ASÍ SE DECIDE).-
SEGUNDO: Se anula en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 10 de Noviembre de 2.010 emitido por el tribunal A-quo el cual riela al folio Ochenta y Uno (81) y en consecuencia se le ordena al Juzgado de Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en Valle de la Pascua, Admita la presente causa y la sustancie en cuanto a derecho se refiere de acuerdo a lo establecido por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. (ASÍ SE DECIDE).-
TERCERO: Se le ordena al Juzgado de Primero de Primera Instancia Agrario de la Circ.....