DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de permiso especial efectuado por el penado Raúl Enrique Juliac Castillo, al no encontrarse dentro de las causales previstas en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Notifíquese a todas las partes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Héctor Tulio Bolívar Hurtado.
La Secretaria,
Abg. Johana Cancino.