Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Dada Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de Dios Todopoderoso y de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad concedida por la ley, Declara con Lugar LA ACUMULACION de los asuntos o expedientes N° JP31-L-2010-000020 cursante actualmente en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, al presente asunto JP31-L-2010-000016, así como la causa JP31-L-2010-000020, que cursa en este mismo Juzgado. Se ordena en tal sentido oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, a los fines de que realice el envío inmediato de la causa acumulada.