DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA por el lapso de TRES (03) AÑOS al penado FREDDY ANTONIO OLIVO PORTALES, quién es venezolano, nacido en Los Teques Estado Miranda, nacido el día 5/4/ 1959, de 44 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Olga Josefina de Olivo y de José Froilan Olivo residenciado en : La calle Páez, casa Nº 82, La Victoria Estado Aragua, titular de la cédula identidad Nº 5.452.829, la cual culminara en fecha (16-05-2009), de conformidad con los artículo 479 y 494 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a quién impone el cumplimiento de las siguiente.....