en este sentido, este Tribunal interroga al trabajador, respecto a su conformidad con el pago traído a los autos por la cantidad de Siete Mil Bolívares Fuertes (Bs.f 7.000,00) los cuales acepta en este acto en cheque identificado anteriormente, y acepta y reconoce igualmente haber recibido en sede administrativa, un pago por la cantidad de Dieciocho Mil Bolívares Fuertes (Bs.f 18.000,00), quien manifestó asistido del Procurador de Trabajadores y a viva voz y libre de apremio su conformidad con los montos declarados y acordados a su entera y cabal satisfacción manifestando que del presente acuerdo de pago, nada le queda a deber la parte accionada, y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por su parte sin constreñimiento alguno, en consecuencia, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público y ha sido la conclusión de un proceso de Mediación y Conci.....