DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la continuación de la investigación bajo las normas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de las imputadas ROSA ELENA OSUNA, GLORIA AMPARO CORTEZ DE HISTECHERID, y los imputados WILLIAM RAFAEL GONZÁLEZ TERÁN y NARVÁEZ CORONADO LEONEL JOSÉ, por la presunta comisión del delito precalificado como Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psico.....