Se declaró, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Penal Tony Vieira Ferreira, en la condición de autos, contra la decisión interlocutoria del Juzgado 4° de Control de este Circuito, del 16 de mayo de 2006, que decretó la privación judicial de libertad del imputado Wilman Ramón Rodríguez Pineda, por lo que en consecuencia se confirma el auto recurrido. Se funda la decisión en los artículos 447.4, 448, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 451, 453.3.4 y 80 primer aparte del Código Penal.