DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, NIEGA el pedimento hecho por la Defensora Pública Penal Ángela Román, de la apertura del procedimiento para optar al beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a favor del penado José Emilio Torrealba Celis, quién es venezolano, mayor de edad, nacido en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, el 28-01-1978, chofer, soltero, titular de la cédula de identidad V-13.133.315, por no reunir los requisitos de Ley, conforme a lo pautado en los artículos 493 y 494 único aparte ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-