este Tribunal estima que lo procedente y ajustado a derecho, es ORDENAR la apertura del procedimiento para optar al beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a favor del penado HERRERA ALVAREZ JORGE LUIS plenamente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 494 y 507 ambos del Código adjetivo Penal, a tal efecto este Tribunal acuerda:
1.- Oficiar a la Coordinación de Diagnóstico y Evaluación de Tratamiento no Institucional Zonal 05 del Ministerio del Interior y Justicia de este Estado, a los fines de que se practique informe psicosocial al sentenciado HERRERA ALVAREZ JORGE LUIS, quien reside en en la calle Urdaneta, casa s/n, de esta ciudad del Estado Guarico, anexándole copia certificada de la Sentencia y del presente auto de ejecución.
2.- Oficiar al Ministerio del Interior y Justicia con sede en Caracas, Distrito Capital, a fin de solicitar los posibles antecedentes penales que pudiera registrar el sentenciado HERRERA ALV.....