En mérito de las consideraciones precedentes este Juzgado Segundo de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos ALFONSO RAFAEL ZARPA C.I. 12.596.975, LUREANO JOSÉ CASTILLO C.I. 16.998.559, GABRIEL ZERPA C.I.16.116.384, MISAEL ZERPA 8.806.357, AMILKA RAFAEL CASTILLO C.I. 16.504.166 y DOUGLAS EDUARDO MEDINA RIVAS C.I. 16.325.834 en contra de Agroisleña, C.A. plenamente identificados ambos en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA A la empresa Agroisleña, c.a. plenamente identificada a cancelar a los ciudadanos ALFONSO RAFAEL ZARPA C.I. 12.596.975, LUREANO JOSÉ CASTILLO C.I. 16.998.559, GABRIEL ZERPA C.I.16.116.384, MISAEL ZERPA 8.806.357, AMILKA RAFAEL CASTILLO C.I. 16.504.166 y DOUGLAS EDUARDO MEDINA RIVAS C.I. 16.325.834 las cantidades que se especifican a continuación:
Fecha de ingre.....