REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 16 de Octubre de 2.017
207º y 158º
Visto el escrito de solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria presentado por el Defensor Público Auxiliar Primero Agrario del Estado Guarico, abogado Carlos Ramón Vidal Juárez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 234.465, en representación de la ciudadana Nelly Maribel Méndez, venezolana, mayor de edad, titula de la cedula de identidad Nº V- 8.997.678. Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer la siguiente consideración:
De las revisiones procesales que conforman la presente solicitud, esta Instancia Judicial pudo evidenciar que entre los anexos presentados en la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, por el abogado, supra identificado, existe una incongruencia entre los linderos mencionados en el Título de Adjudicación de Ti.....