Se declara CON LUGAR la demanda del presente asunto, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar al demandante, la cantidad total de CINCO MIL OCHOCIENTOS NUEVE BOLÍVARES SOBERANOS CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 5.809,40), por los conceptos, cuyos montos específicos se señalan a continuación:
PRIMERO: La cantidad de NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs 92.287,28), monto que en virtud de la Reconversión Monetaria se reajustaría a la cantidad de NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES SOBERANOS (BsS. 0,92), por concepto de GARANTIA DE PRESTACIONES SOCIALES, más lo que resulte de intereses durante la prestación de servicio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, lo cual se ordena a calcular mediante experticia complementaria del fallo.
SEGUNDO: La cantidad de VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 27.8714, 50) la c.....