En mérito a las anteriores consideraciones, esta SALA DE JUICIO N° XV DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, incoada por la ciudadana ANGELA DE SOUSA FERNANDES, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° E.- 82.022.556, en contra del ciudadano MANUEL DA SILVA MENDOCA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.- 15.761.032, fundamentada en la causal tercera (3era) del articulo 185 del Código Civil Venezolano, es decir, Los Excesos, Sevicias e Injurias Graves que hagan imposible la Vida en Común. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ANGELA DE SOUSA FERNANDES y MANUEL DA SILVA MENDONCA, y que fuere contraído en fecha 17 de septiembr.....