Visto el resultado del Informe Técnico del penado Pérez Maldonado Leandro Alfredo, titular de la Cédula de Identidad personal N° V-15.082.343, de fecha 21 de Octubre de 2008, folios 29 al 31 de la pieza N° 04 ordenado al aperturar el Procedimiento para que el penado optara por la fórmula alternativa de cumplimiento de condena, como lo es el Régimen Abierto, y donde se observa que el mismo es Desfavorable para el otorgamiento de la medida de Pre-Libertad, este Tribunal en observancia de lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal penal, que señala que el Tribunal de Ejecución podrá acordar el Destino de Establecimiento Abierto, a los penado que hayan cumplido por lo menos un tercera (1/3) parte de la pena impuesta y además deben concurrir una serie de circunstancias tales como: "...que el penado no tenga antecedentes por condenas anteriores a aquella por la que solicita el beneficio...que el penado no haya cometido algún delito o falta sometido a procedimiento jurisdi.....