Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor de por los ciudadanos CLARA ROSA SANTOS DE MILLAN y GUILLERMO ELOY MILLAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-968.797 y V-1.850.512, respectivamente, las bienhechurias construidas en una Parcela de Propiedad Privada, según Titulo de Adjudicación en Propiedad de Parcela en Tierra Urbana Pública, inscrito bajo el Nº 2016/1437, Asiento Registral 1, matriculado con el Nº 347.10.3.1.11209 del año 2.016, constante de un área de terreno de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (1.486,73 mts2), ubicado en el Barrio Vicario III, Sector2, calle 4, de esta ciudad de Ca.....