DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno propiedad del Estado Venezolano, denominado "Fundo La Puerta del Sol", ubicado en el Sector La Estación, Parroquia Camaguán, Municipio Camaguán, estado Guarico, doscientos setenta y un hectáreas con ocho mil setecientos sesenta metros cuadrados (271 has 8.760 mts2), alinderado de la siguiente manera; Norte: terrenos ocupados por Enrique Juárez y Los Cachinos; Sur: terrenos ocupados por Pedro España y Asdrúbal Gualdron; Este: terreno ocupado por Fundo Agua Sol, y Oeste: terreno ocupado por Emilio Guerrero, a favor del ciudadano Víctor de .....