En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (CIVIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCION DEL PRESENTE PROCESO, expediente signado con el Nº 9210-14, juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano LUÍS DANIEL RIVERO URBINA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.323.305, debidamente asistido por el abogado JOSÉ ALEJANDRO CONTRERAS, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 158.054, contra YURMI GRACIELA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.216.935, debido a la no comparecencia personal del demandante al primer acto conciliatorio del proceso, conforme a lo establecido en el artículo 756 ejusdem.-
Se da por terminada la presente causa y se ord.....